{"id":3842,"date":"2024-04-24T06:57:08","date_gmt":"2024-04-24T06:57:08","guid":{"rendered":"https:\/\/ilteatrodellamoda.com\/?page_id=3842"},"modified":"2025-05-14T16:47:23","modified_gmt":"2025-05-14T14:47:23","slug":"statuto","status":"publish","type":"page","link":"https:\/\/ilteatrodellamoda.com\/es\/statuto\/","title":{"rendered":"Estatuto"},"content":{"rendered":"<div data-elementor-type=\"wp-page\" data-elementor-id=\"3842\" class=\"elementor elementor-3842\" data-elementor-post-type=\"page\">\n\t\t\t\t<div class=\"elementor-element elementor-element-af46617 e-flex e-con-boxed e-con e-parent\" data-id=\"af46617\" data-element_type=\"container\" data-e-type=\"container\">\n\t\t\t\t\t<div class=\"e-con-inner\">\n\t\t\t\t<div class=\"elementor-element elementor-element-ad1473f elementor-align-center dsn-mb-no-space elementor-widget elementor-widget-dsn_title\" data-id=\"ad1473f\" data-element_type=\"widget\" data-e-type=\"widget\" data-widget_type=\"dsn_title.default\">\n\t\t\t\t<div class=\"elementor-widget-container\">\n\t\t\t\t\t<div class=\"section-title d-flex   mb-70 justify-content-center\"> <div class=\"sub-section-title\"> <p class=\"description d-inline-block p-relative  line-shape line-shape-before  mb-10\"><span class=\"line-bg-right\">Anexo \"A\" de la Asamblea de Socios para la Modificaci\u00f3n de los Estatutos de la Asociaci\u00f3n Recreativa, Cultural y de Formaci\u00f3n Profesional<\/span><\/p> <h2 class=\"title-h2 dsn-heading-title p-relative title-block-lg\"><span ><span style=\"color: rgb(190, 40, 46); font-family: Roboto, sans-serif; font-size: 26px; text-align: start; background-color: var(--bg-color); display: inline !important;\">EL TEATRO DE LA MODA ESCUELA ITALIANA DE SASTRER\u00cdA ETS<\/span><\/span><\/h2>  <\/div><\/div>\t\t\t\t<\/div>\n\t\t\t\t<\/div>\n\t\t\t\t\t<\/div>\n\t\t\t\t<\/div>\n\t\t<div class=\"elementor-element elementor-element-8f1d010 e-flex e-con-boxed e-con e-parent\" data-id=\"8f1d010\" data-element_type=\"container\" data-e-type=\"container\">\n\t\t\t\t\t<div class=\"e-con-inner\">\n\t\t\t\t<div class=\"elementor-element elementor-element-1a2740c elementor-widget elementor-widget-text-editor\" data-id=\"1a2740c\" data-element_type=\"widget\" data-e-type=\"widget\" data-widget_type=\"text-editor.default\">\n\t\t\t\t<div class=\"elementor-widget-container\">\n\t\t\t\t\t\t\t\t\t<p>Estatutos de la Asociaci\u00f3n Recreativa, Cultural y de Formaci\u00f3n Profesional \"IL TEATRO DELA MODA SCUOLA DI SARTORIA ITALIANA ETS\" (El Teatro de la Moda Escuela de Sastrer\u00eda Italiana)<\/p><p>\u00a0<\/p><p>Art. 1) Denominaci\u00f3n, sede y duraci\u00f3n La organizaci\u00f3n del Tercer Sector denominada:<br \/>\"IL TEATRO DELA MODA SCUOLA DI SARTORIA ITALIANA ETS\" Asociaci\u00f3n Recreativa, Cultural y de Formaci\u00f3n Profesional, en adelante la Asociaci\u00f3n.<\/p><p>La Asociaci\u00f3n se rige por el art\u00edculo 18 de la Constituci\u00f3n y el t\u00edtulo I, cap\u00edtulo III, art\u00edculo 36 y siguientes del C\u00f3digo Civil.<\/p><p>La Asociaci\u00f3n tiene su domicilio social en el municipio de Mil\u00e1n (MI). El traslado del domicilio social dentro del mismo municipio no conlleva ninguna modificaci\u00f3n de los estatutos y se llevar\u00e1 a cabo mediante resoluci\u00f3n aprobada por mayor\u00eda del Consejo de Administraci\u00f3n.<\/p><p>l Comit\u00e9 Ejecutivo puede crear y suprimir sucursales, unidades locales, agencias y representaciones tambi\u00e9n en el extranjero.<\/p><p>La duraci\u00f3n de la Asociaci\u00f3n es ilimitada.<\/p><p>\u00a0<\/p><p>Art. 2) Estatutos<br \/>La Asociaci\u00f3n se rige por los presentes estatutos y act\u00faa de conformidad con el Decreto Legislativo n.\u00ba 117 de 3 de julio de 2017, con sus modificaciones y complementos, sus reglamentos de desarrollo, las leyes regionales y los principios generales del ordenamiento jur\u00eddico.<br \/>La Asamblea General podr\u00e1 decidir, a propuesta del Comit\u00e9 Ejecutivo, cualquier reglamento de aplicaci\u00f3n de los estatutos que regule aspectos organizativos m\u00e1s particulares.\u00a0<\/p><p>\u00a0<\/p><p>Art. 3) Eficacia de los estatutos<br \/>Los estatutos obligan a los miembros de la asociaci\u00f3n a cumplirlos; constituyen la norma fundamental de conducta para las actividades de la asociaci\u00f3n.<\/p><p>\u00a0<\/p><p>Art. 4) Interpretaci\u00f3n del Estatuto<\/p><p>El estatuto se eval\u00faa seg\u00fan las normas de los contratos y de acuerdo con los criterios del art\u00edculo 12 del C\u00f3digo Civil.<\/p><p>\u00a0<\/p><p>Art. 5) Objetivos<\/p><p>La Asociaci\u00f3n es apol\u00edtica y aconfesional, y no tiene \u00e1nimo de lucro, ni directo ni indirecto, sino que persigue exclusivamente fines culturales.<\/p><p>La Asociaci\u00f3n opera con el objetivo de difundir la cultura art\u00edstica vinculada al mundo de la sastrer\u00eda y el dise\u00f1o de moda.<\/p><p>La asociaci\u00f3n promueve sus actividades para formar profesionalmente a personas de la comunidad y permitirles encontrar posteriormente empleo en los sectores de la sastrer\u00eda, el dise\u00f1o de moda y la alta costura.<\/p><p>\u00a0<\/p><p>Art. 6) Actividades de inter\u00e9s general<\/p><p>La Asociaci\u00f3n, para la consecuci\u00f3n de los fines previstos en el art\u00edculo anterior, desarrolla exclusiva o principalmente las actividades de inter\u00e9s general a que se refiere el art\u00edculo 5, c. 1, letra d) del C\u00f3digo del Tercer Sector.<\/p><p>La Asociaci\u00f3n, para la consecuci\u00f3n de sus fines, podr\u00e1:<\/p><p>- Organizar cursos de formaci\u00f3n profesional en dise\u00f1o de moda.<\/p><p>- Organizar cursos de formaci\u00f3n para dibujar y dise\u00f1ar colecciones de alta costura.\u00a0<\/p><p>- Organizar cursos de formaci\u00f3n en sastrer\u00eda, tanto a nivel b\u00e1sico como profesional.<\/p><p>- Organizar cursos de formaci\u00f3n para dise\u00f1adores de patrones y vestuario.<\/p><p>- Organizar cursos de formaci\u00f3n de cualquier tipo con la \u00fanica restricci\u00f3n de que se lleven a cabo en el \u00e1mbito de los fines estatutarios.<\/p><p>- Estudiar, promover y desarrollar nuevas metodolog\u00edas para mejorar la organizaci\u00f3n y la pr\u00e1ctica de la sastrer\u00eda.<\/p><p>- Organizar iniciativas de arte sartorial directamente o colaborar con otros para su realizaci\u00f3n.<\/p><p>- Promover actividades educativas de iniciaci\u00f3n, actualizaci\u00f3n y perfeccionamiento en actividades de sastrer\u00eda.<\/p><p>- Cooperar con las autoridades locales, asociaciones culturales, cooperativas y empresas en general con fines similares, tanto dentro como fuera del pa\u00eds.<\/p><p>La Asociaci\u00f3n tambi\u00e9n podr\u00e1 llevar a cabo actividades tales como la organizaci\u00f3n de eventos culturales, art\u00edsticos o recreativos, actividades para la promoci\u00f3n y difusi\u00f3n de la cultura y la pr\u00e1ctica de la sastrer\u00eda, incluyendo, a modo de ejemplo, reuniones de formaci\u00f3n, y el suministro de material informativo y publicitario, incluso en Internet, en cualquier caso directamente relacionado con la consecuci\u00f3n de los fines de la Asociaci\u00f3n.<\/p><p>Las actividades instrumentales para la consecuci\u00f3n de los fines institucionales enunciados en los p\u00e1rrafos precedentes se realizan en beneficio exclusivo de las personas indicadas en el art\u00edculo anterior, vali\u00e9ndose principalmente de la actividad voluntaria de sus miembros, de las personas pertenecientes a las organizaciones asociadas y tambi\u00e9n de la colaboraci\u00f3n, tambi\u00e9n remunerada, de aquellas personas profesionalmente cualificadas y encargadas de llevar a cabo la formaci\u00f3n prevista en el punto 6.2 para la que trabaja la Asociaci\u00f3n.<\/p><p>Para la consecuci\u00f3n del objeto social, la Asociaci\u00f3n tambi\u00e9n podr\u00e1 adquirir, arrendar y ceder bienes muebles e inmuebles, registrar y utilizar marcas y patentes, promocionar sus actividades en las distintas modalidades, promover viajes e intercambios culturales tambi\u00e9n con el extranjero y, en general, llevar a cabo todas y cada una de las actividades que se consideren \u00fatiles o necesarias para la consecuci\u00f3n de los fines estatutarios.<\/p><p>\u00a0<\/p><p>Art. 7) Actividades diversas.<\/p><p>La Asociaci\u00f3n podr\u00e1 desarrollar actividades distintas de las actividades principales de inter\u00e9s general se\u00f1aladas en el art\u00edculo 6 (seis) de los presentes Estatutos, siempre que tales actividades sean meramente secundarias e instrumentales respecto de las principales y, en todo caso, coherentes con los fines institucionales e id\u00f3neas para el desarrollo de los mismos.<\/p><p>\u00a0<\/p><p>Art. 8) Competencia territorial y afiliaciones.<\/p><p>La Asociaci\u00f3n podr\u00e1 llevar a cabo sus actividades tanto en todo el territorio nacional como<\/p><p>extranjero.<\/p><p>Para el cumplimiento de sus fines estatutarios, la Asociaci\u00f3n podr\u00e1 colaborar, asociarse, afiliarse o consorciarse con cualquier organismo p\u00fablico o privado, local, nacional o internacional, as\u00ed como colaborar con entidades, movimientos o asociaciones con los que considere \u00fatil relacionarse; asimismo, podr\u00e1 favorecer el nacimiento y desarrollo de entidades y agrupaciones, incluso extranjeras, que, incluso para sectores singulares, tengan fines similares a los suyos, promoviendo sus actividades, colaborando con ellas a trav\u00e9s de las oportunas conexiones y favoreciendo tambi\u00e9n su afiliaci\u00f3n a la Asociaci\u00f3n.<\/p><p>\u00a0<\/p><p>Art. 9) Recursos econ\u00f3micos.<\/p><p>Los recursos econ\u00f3micos de la asociaci\u00f3n consisten en:<\/p><p>- Cuota anual ordinaria de afiliaci\u00f3n.<\/p><p>- Cuota \u00fanica especial de afiliaci\u00f3n.<\/p><p>- Tasas y contribuciones por la participaci\u00f3n en cursos de formaci\u00f3n o cualquier otro acto organizado.<\/p><p>- Herencias, donaciones y legados.<\/p><p>- Contribuciones del Estado, las regiones, las autoridades locales, los organismos p\u00fablicos o las instituciones, tambi\u00e9n destinadas a apoyar programas espec\u00edficos y documentados realizados en el \u00e1mbito de los fines estatutarios.<\/p><p>- Contribuciones de la Uni\u00f3n Europea y organismos internacionales.<\/p><p>- Donaciones liberales de afiliados y terceros.<\/p><p>- Ingresos procedentes de iniciativas de promoci\u00f3n destinadas a su propia financiaci\u00f3n.<\/p><p>- Actividades marginales de car\u00e1cter comercial y productivo.<\/p><p>- Otros ingresos compatibles con los fines sociales de la asociaci\u00f3n, incluidos los ingresos de car\u00e1cter comercial.<\/p><p>Las cuotas de los miembros consisten en la cuota anual ordinaria y la cuota extraordinaria \u00fanica, que fija el Consejo de Administraci\u00f3n, y las cuotas extraordinarias fijadas por la Asamblea, que determina su importe. La cuota de afiliaci\u00f3n ordinaria es v\u00e1lida hasta el final del ejercicio y no es reembolsable en ning\u00fan caso. Antes del mes de junio de cada a\u00f1o natural, la Junta Directiva resolver\u00e1 sobre el importe de la cuota de afiliaci\u00f3n para todos los pagos que deban efectuarse para el ejercicio siguiente. A falta de resoluci\u00f3n, la cuota de afiliaci\u00f3n vigente para el a\u00f1o anterior seguir\u00e1 vigente un a\u00f1o m\u00e1s.<\/p><p>Las donaciones, donativos y legados monetarios son aceptados por la Asamblea, que decide sobre su uso de acuerdo con los fines estatutarios de la Asociaci\u00f3n.<\/p><p>El fondo com\u00fan, constituido -a t\u00edtulo enunciativo pero no limitativo- por los excedentes de explotaci\u00f3n, los fondos de reserva y todos los bienes adquiridos por cualquier t\u00edtulo por la Asociaci\u00f3n, no podr\u00e1 ser nunca distribuido entre los Miembros durante la vida de la Asociaci\u00f3n o en el momento de su disoluci\u00f3n. Queda prohibida la distribuci\u00f3n, incluso indirecta, de beneficios o excedentes, as\u00ed como de fondos, reservas o<\/p><p>capital a menos que el destino o la distribuci\u00f3n sean exigidos por la ley.<\/p><p>En cualquier caso, cualquier excedente de explotaci\u00f3n debe reinvertirse en favor de las actividades estatutarias.<\/p><p>\u00a0<\/p><p>Art. 10) Admisi\u00f3n de miembros.<\/p><p>La pertenencia a la Asociaci\u00f3n est\u00e1 abierta a todos aquellos que compartan su<\/p><p>prop\u00f3sitos.<\/p><p>Son miembros todos aquellos que, previa solicitud presentada al menos a un miembro del Consejo de Administraci\u00f3n, son admitidos en la Asamblea. La admisi\u00f3n es decidida discrecionalmente por el Consejo de Administraci\u00f3n, el rechazo de la solicitud debe ser comunicado y motivado; la persona que ha propuesto la solicitud puede, en el plazo de sesenta d\u00edas a partir de la comunicaci\u00f3n del acuerdo de rechazo, solicitar que la Asamblea decida sobre la solicitud, que deliberar\u00e1, si no ha sido convocada expresamente, en su pr\u00f3xima convocatoria. La mera presentaci\u00f3n de la solicitud de admisi\u00f3n supone, por parte del solicitante, la aprobaci\u00f3n y aceptaci\u00f3n incondicional de los presentes Estatutos, del Reglamento Interno y de los fines de la Asociaci\u00f3n.<\/p><p>La Asociaci\u00f3n est\u00e1 compuesta por las siguientes categor\u00edas de miembros:\u00a0<\/p><p>- Miembros fundadores.<\/p><p>- Miembros colaboradores\u00a0<\/p><p>- Miembros ordinarios.<\/p><p>Los Miembros Fundadores son todos aquellos que han participado en la firma de los estatutos y no est\u00e1n obligados a pagar la cuota anual de afiliaci\u00f3n; s\u00f3lo pueden ser Miembros Fundadores las personas f\u00edsicas mayores de edad.<\/p><p>Los Miembros de Apoyo son todos aquellos que pagan tanto la cuota anual ordinaria como la cuota extraordinaria \u00fanica y que tienen la posibilidad de ser elegidos miembros del Consejo de Administraci\u00f3n; los Miembros de Apoyo s\u00f3lo pueden ser personas f\u00edsicas mayores de edad.<\/p><p>Son Miembros Ordinarios todos aquellos que, habiendo presentado su solicitud en la forma descrita anteriormente y habiendo abonado \u00fanicamente la cuota ordinaria, son admitidos a la Asamblea. | Pueden ser Miembros Ordinarios las personas f\u00edsicas, incluidos los menores de edad, as\u00ed como las personas jur\u00eddicas y las entidades p\u00fablicas o privadas, en la persona de su representante legal o apoderado especialmente designado.<\/p><p>\u00a0<\/p><p>Art. 11) Derechos y obligaciones de los miembros.<\/p><p>Cada asociado tiene el deber de:<\/p><p>- cumplir los presentes Estatutos, cualquier reglamento interno y los acuerdos adoptados por la<\/p><p>organismos corporativos;<\/p><p>- abonar la cuota anual de afiliaci\u00f3n en la forma y plazos que decida la Junta Directiva, as\u00ed como las posibles aportaciones para participar en las actividades de la asociaci\u00f3n.<\/p><p>Cada miembro tiene derecho a<\/p><p>- participar en las asambleas y emitir su voto para todo aquello que las disposiciones del C\u00f3digo Civil y de los Estatutos de la Asociaci\u00f3n hacen formar parte de las prerrogativas de la Asamblea de Socios.<\/p><p>Para los miembros menores de edad, el derecho de voto puede ser ejercido por uno de sus padres o tutores.<\/p><p>- participar en actividades organizadas o promovidas por la Asociaci\u00f3n;\u00a0<\/p><p>- retirarse de la Asociaci\u00f3n en cualquier momento.<\/p><p>\u00a0<\/p><p>Art. 12) P\u00e9rdida de la condici\u00f3n de miembro.<\/p><p>La afiliaci\u00f3n se pierde al producirse al menos una de las siguientes causas: - Baja.<\/p><p>- Morosidad.<\/p><p>- Muerte.<\/p><p>- Radiaci\u00f3n.<\/p><p>- Disoluci\u00f3n y extinci\u00f3n de la Asociaci\u00f3n.<\/p><p>La retirada del afiliado debe comunicarse por escrito al Comit\u00e9 Ejecutivo.<\/p><p>La morosidad conlleva autom\u00e1ticamente la p\u00e9rdida de la condici\u00f3n de Miembro treinta d\u00edas despu\u00e9s de la expiraci\u00f3n del per\u00edodo de doce meses de validez de la \u00faltima cuota pagada; un Miembro moroso podr\u00e1 ser readmitido en la Asociaci\u00f3n por la Junta Directiva mediante resoluci\u00f3n inapelable e incuestionable. Un Miembro ser\u00e1 expulsado si ha cometido acciones que se consideren deshonrosas dentro o fuera de la Asociaci\u00f3n o que hayan constituido con su conducta un obst\u00e1culo para el buen funcionamiento de la Asociaci\u00f3n: el Miembro expulsado no podr\u00e1 ser readmitido.\u00a0<\/p><p>Dado el car\u00e1cter no lucrativo de la Asociaci\u00f3n, en ning\u00fan caso los Miembros que hayan perdido su condici\u00f3n de tales por cualquier motivo podr\u00e1n exigir la liquidaci\u00f3n de su parte del patrimonio de la Asociaci\u00f3n, ni la devoluci\u00f3n de las cuotas abonadas.<\/p><p>\u00a0<\/p><p>Art. 13) \u00d3rganos de la Asociaci\u00f3n<\/p><p>Los \u00f3rganos de la Asociaci\u00f3n son:\u00a0<\/p><p>- La Asamblea de los diputados.<\/p><p>- El Presidente.<\/p><p>- El Comit\u00e9 Ejecutivo.<\/p><p>- El \u00f3rgano de control.<\/p><p>- Auditor legal.<\/p><p>Todos los \u00f3rganos tienen una duraci\u00f3n de 3 (tres) ejercicios y sus miembros pueden ser reelegidos. Todos los cargos son honor\u00edficos y gratuitos, salvo el reembolso de los gastos adelantados por los interesados en nombre de la Asociaci\u00f3n en el ejercicio de sus funciones y los ocasionados por el desempe\u00f1o del cargo. No obstante, por razones justificadas, el Consejo de Administraci\u00f3n puede establecer remuneraciones peri\u00f3dicas o puntuales para determinados \u00f3rganos o algunos de sus miembros.<\/p><p>\u00a0<\/p><p>Art. 14) Asamblea de Socios.<\/p><p>La Asamblea de Miembros es el \u00f3rgano soberano de la Asociaci\u00f3n y est\u00e1 compuesta por todos los miembros para los que exista esta condici\u00f3n en el momento de la convocatoria.<\/p><p>Todos los Miembros Fundadores, Miembros de Apoyo y Miembros Ordinarios que hayan pagado su cuota anual de afiliaci\u00f3n tienen derecho a asistir a la Asamblea.<\/p><p>Cada miembro tiene derecho a emitir un voto. No se permite el voto por poder.<\/p><p>La Asamblea debidamente constituida representa a todos los Miembros y sus resoluciones tomadas de conformidad con la ley y los presentes Estatutos son vinculantes para todos los Miembros, incluso si est\u00e1n ausentes o son disidentes, y no pueden modificarse salvo por resoluci\u00f3n de una Asamblea posterior.<\/p><p>\u00a0Las Juntas Generales de Accionistas tambi\u00e9n pueden convocarse fuera del domicilio social, siempre que \u00e9ste se encuentre dentro del territorio italiano.<\/p><p>La Junta General Ordinaria de Accionistas se convoca al menos una vez al a\u00f1o dentro de los cuatro meses siguientes al cierre del ejercicio y, si as\u00ed lo exigen requisitos especiales, tambi\u00e9n dentro de un plazo mayor, pero no superior a seis meses.<\/p><p>La Junta General Ordinaria queda v\u00e1lidamente constituida en primera convocatoria con la presencia de, al menos, la mitad m\u00e1s uno de los Accionistas con derecho a voto. En caso de quedar desierta la primera convocatoria, en segunda convocatoria la Junta General Ordinaria se considerar\u00e1 v\u00e1lidamente constituida cualquiera que sea el n\u00famero de Accionistas presentes.<\/p><p>La Asamblea Ordinaria tiene las siguientes funciones:<\/p><p>Aprobar el presupuesto anual elaborado por el Comit\u00e9 Ejecutivo.<\/p><p>Elegir por mayor\u00eda simple de votos, al final del mandato, al Consejo de Administraci\u00f3n, escogido de la lista de miembros de apoyo.<\/p><p>Aprobar cualquier reglamento interno elaborado por el Comit\u00e9 Ejecutivo.<\/p><p>Examinar las posibles infracciones de los diputados al Estatuto o al Reglamento interno y, en su caso, aplicar las medidas disciplinarias que se establezcan en el Reglamento interno.<\/p><p>Deliberar sobre las propuestas y los distintos puntos del orden del d\u00eda.<\/p><p>La Junta General Extraordinaria se convoca cuando el Consejo de Administraci\u00f3n lo considera necesario y queda v\u00e1lidamente constituida en primera convocatoria con la presencia de al menos cuatro quintas partes de los Miembros con derecho a voto; en caso de quedar desierta la primera convocatoria, o de no alcanzarse el qu\u00f3rum m\u00ednimo, en segunda convocatoria la Junta General Extraordinaria queda v\u00e1lidamente constituida con la presencia de al menos tres cuartas partes de los Miembros con derecho a voto; en tercera y \u00faltima convocatoria la Junta General Extraordinaria queda v\u00e1lidamente constituida con la presencia de al menos el 60% de los Miembros con derecho a voto.<\/p><p>La Asamblea Extraordinaria tiene las siguientes funciones:<\/p><p>Deliberar sobre las modificaciones de los estatutos, de la escritura de constituci\u00f3n y, en su caso, del reglamento interno;<\/p><p>Examinar cualquier infracci\u00f3n, por parte de los diputados o de cualquiera de los miembros del Consejo, de los Estatutos o del Reglamento interno y, en caso necesario, aplicar las medidas disciplinarias que se establezcan en el Reglamento interno:<\/p><p>Resolver sobre la disoluci\u00f3n, transformaci\u00f3n, fusi\u00f3n, escisi\u00f3n y posterior devoluci\u00f3n del patrimonio de la Asociaci\u00f3n.<\/p><p>El Consejo de Administraci\u00f3n convocar\u00e1 la Junta General mediante la publicaci\u00f3n de un anuncio en los locales del domicilio social al menos 12 (doce) d\u00edas antes de la fecha de la reuni\u00f3n.<\/p><p>establecido, reducible a 6 (seis) d\u00edas en caso de urgencia.<\/p><p>No obstante lo dispuesto en el art\u00edculo 20 del C\u00f3digo Civil, la Junta General de Accionistas tambi\u00e9n deber\u00e1 ser convocada<\/p><p>cuando surja la necesidad o cuando lo solicite motivadamente al menos una d\u00e9cima parte de los miembros.<\/p><p>El anuncio contendr\u00e1 el orden del d\u00eda, el lugar, la hora y la fecha, tanto de la primera como de la segunda convocatoria, y ser\u00e1 firmado, en nombre del Comit\u00e9 Ejecutivo, por el Presidente.<\/p><p>La asamblea est\u00e1 presidida por el presidente; en su ausencia, la asamblea nombra a sus propios miembros.<\/p><p>Presidente, cuya tarea consiste en comprobar el derecho de cada uno de los presentes a hacer uso de la palabra.<\/p><p>a la Asamblea.<\/p><p>El Presidente de la Asamblea nombra de vez en cuando a un Secretario, que puede ser o no Miembro, para redactar el acta de la Asamblea y, si es necesario, a dos escrutadores.<\/p><p>Cada diputado dispone de un voto; la votaci\u00f3n puede ser a mano alzada o secreta cuando lo solicite la mayor\u00eda de los votantes.<\/p><p>El Presidente de la Asamblea valida los votos y, en caso necesario, se compromete a garantizar su secreto.<\/p><p>No obstante lo dispuesto en el art\u00edculo 21 del C\u00f3digo Civil, los acuerdos de la Junta General Ordinaria son v\u00e1lidos si se adoptan por mayor\u00eda de los votos de los presentes, mientras que los acuerdos de la Junta General Extraordinaria son v\u00e1lidos con el voto favorable de al menos las tres cuartas partes de los presentes.<\/p><p>Las actas de las reuniones de la Asamblea ser\u00e1n redactadas y firmadas por el Presidente de la Asamblea, el Secretario y, en su caso, los escrutadores.<\/p><p>\u00a0<\/p><p>Art. 15) Consejo Ejecutivo.<\/p><p>a Junta Directiva es el \u00f3rgano ejecutivo de la voluntad expresada por la Asamblea, dispone el funcionamiento t\u00e9cnico, administrativo y organizativo de la Asociaci\u00f3n, est\u00e1 investida de los m\u00e1s amplios poderes para la gesti\u00f3n y administraci\u00f3n ordinaria y extraordinaria, tiene la facultad de realizar todos los actos que estime convenientes para la buena marcha de la Asociaci\u00f3n.<\/p><p>l Consejo de Administraci\u00f3n est\u00e1 compuesto por un m\u00ednimo de 3 (tres) miembros y un m\u00e1ximo de 7 (siete), incluido el Presidente, que permanecen en el cargo 3 (tres) a\u00f1os y pueden ser reelegidos.<\/p><p>De conformidad con el art\u00edculo 26, apartado 2, del Decreto Legislativo 117\/2017, los miembros de apoyo tienen derecho a elegir a un miembro de la junta ejecutiva, mientras que los dem\u00e1s miembros de la junta ejecutiva son debidamente elegidos por la Asamblea de Miembros de entre todos los Miembros con derecho a voto.<\/p><p>Son elegidos los Miembros con m\u00e1s votos; en caso de empate, tiene preferencia el Miembro m\u00e1s antiguo de la Asociaci\u00f3n.<\/p><p>A los miembros del Consejo de Administraci\u00f3n se les aplican las causas de inelegibilidad y caducidad previstas en el art\u00edculo 2382 del C\u00f3digo Civil italiano, as\u00ed como los requisitos de honorabilidad, profesionalidad e independencia.<\/p><p>En caso de cese o cese prematuro de un Consejero por cualquier causa, el Presidente del Consejo de Administraci\u00f3n o, en caso de impedimento o vacante de \u00e9ste, el Vicepresidente o, alternativamente, el Consejero de mayor edad, convocar\u00e1 la Junta General en el plazo de 15 d\u00edas, para su celebraci\u00f3n dentro de los 15 d\u00edas siguientes, ocup\u00e1ndose entretanto de la administraci\u00f3n ordinaria.<\/p><p>Si, por cualquier motivo, todos los miembros del Consejo de Administraci\u00f3n cesan al mismo tiempo, se aplicar\u00e1 el art. 20, apdo. 2, del C\u00f3digo Civil.<\/p><p>l Comit\u00e9 Ejecutivo, una vez elegido, elige de entre sus miembros: al Presidente, al Vicepresidente y al Tesorero.<\/p><p>El Comit\u00e9 Ejecutivo tiene las siguientes funciones:<\/p><p>Realizar todos los actos de administraci\u00f3n ordinaria y extraordinaria de conformidad con la ley y los Estatutos, sin perjuicio de las facultades de los dem\u00e1s \u00f3rganos de la Asociaci\u00f3n.<\/p><p>Definir el programa anual de actividades de la Asociaci\u00f3n.<\/p><p>Establecer la cuota anual ordinaria de afiliaci\u00f3n y sus modalidades de pago.<\/p><p>Establecer la cuota \u00fanica especial de afiliaci\u00f3n y su forma de pago.<\/p><p>Convocar Juntas Generales Ordinarias y Extraordinarias.<\/p><p>Preparar el presupuesto\/estado financiero.<\/p><p>Examinar y deliberar sobre las solicitudes de admisi\u00f3n de aspirantes a miembros.<\/p><p>Publicar y difundir informaci\u00f3n variada sobre las actividades de la Asociaci\u00f3n.<\/p><p>Decidir sobre todos los asuntos que afecten a la Asociaci\u00f3n y a sus Miembros.<\/p><p>El Comit\u00e9 Ejecutivo debe reunirse al menos una vez al a\u00f1o y tambi\u00e9n siempre que el Presidente lo considere oportuno o cuando lo solicite la mayor\u00eda.<\/p><p>de sus componentes.<\/p><p>Las reuniones del Comit\u00e9 Ejecutivo est\u00e1n presididas por el Presidente y, en su ausencia, por el Vicepresidente, y son v\u00e1lidas cuando est\u00e1n presentes al menos la mitad de sus miembros.<\/p><p>El Consejo se pronuncia por mayor\u00eda de los presentes. En caso de empate, el Presidente tiene voto de calidad.<\/p><p>Para cada reuni\u00f3n, se podr\u00e1 designar a un Secretario, que podr\u00e1 no ser miembro del Comit\u00e9 Ejecutivo pero que, no obstante, es Miembro, para que levante acta de la reuni\u00f3n.<\/p><p>\u00a0<\/p><p>Art. 16) Presidente.<\/p><p>l Presidente de la Asociaci\u00f3n, que es tambi\u00e9n el Presidente del Consejo Ejecutivo en virtud de los presentes Estatutos, representa legalmente a la Asociaci\u00f3n frente a terceros y ante los tribunales, tanto a nivel nacional como internacional.<\/p><p>El Presidente es elegido por el Comit\u00e9 Ejecutivo, permanece en el cargo hasta la expiraci\u00f3n del mandato del Comit\u00e9 Ejecutivo o hasta la revocaci\u00f3n del mandato, decidida por el Comit\u00e9 Ejecutivo o la Asamblea General por motivos graves.<\/p><p>l Presidente podr\u00e1 ser reelegido sin limitaci\u00f3n alguna.<\/p><p>El Presidente tiene las siguientes funciones:<\/p><p>Firma y representa legalmente a la Asociaci\u00f3n ante terceros y ante los tribunales. Ejecuta las resoluciones del Consejo Ejecutivo.<\/p><p>Abrir y cerrar cuentas corrientes bancarias\/correos y est\u00e1 autorizado para recaudar y aceptar donaciones de cualquier tipo y por cualquier motivo, incluso de Administraciones P\u00fablicas, Entidades y particulares, emitiendo recibos.<\/p><p>Est\u00e1 facultada para designar abogados y procuradores en los litigios relativos a la Asociaci\u00f3n ante cualquier autoridad judicial y administrativa.<\/p><p>Convocar y presidir las reuniones de la Asamblea y del Comit\u00e9 Ejecutivo.<\/p><p>Suscribir todos los actos administrativos realizados por la Asociaci\u00f3n.<\/p><p>l Presidente debe informar al Comit\u00e9 Ejecutivo de las actividades realizadas en nombre y por cuenta de<\/p><p>de la Asociaci\u00f3n.<\/p><p>l Presidente tambi\u00e9n puede actuar con urgencia en asuntos que sean competencia del Consejo, pero tales resoluciones deben someterse a la ratificaci\u00f3n del Consejo en su primera reuni\u00f3n posterior, que debe, entre otras cosas, verificar si el car\u00e1cter urgente de los casos que se le someten justifica dicha actuaci\u00f3n.<\/p><p>En caso de ausencia temporal o impedimento del Presidente, las funciones correspondientes son desempe\u00f1adas por el Vicepresidente. Ante los miembros, terceros y todos los cargos p\u00fablicos, la firma del Vicepresidente es plena prueba de la ausencia por impedimento del Presidente.<\/p><p>En caso de dimisi\u00f3n o incapacidad definitiva del Presidente, el Vicepresidente se hace cargo de la administraci\u00f3n ordinaria y convoca al Consejo de Administraci\u00f3n en los treinta d\u00edas siguientes al hecho; el Consejo de Administraci\u00f3n nombra a un sucesor de entre sus miembros.<\/p><p>\u00a0<\/p><p>Art. 17) Vicepresidente.<\/p><p>l Presidente elige a los Vicepresidentes entre los miembros del Comit\u00e9 Ejecutivo.<\/p><p>l Vicepresidente permanece en el cargo hasta el final del mandato del propio Consejo de Administraci\u00f3n, o hasta que \u00e9ste lo revoque en cualquier momento, incluso sin causa justificada.<\/p><p>l Vicepresidente podr\u00e1 ser reelegido sin limitaci\u00f3n alguna y sustituye al Presidente en caso de ausencia o impedimento temporal de \u00e9ste y en aquellas tareas para las que expresamente se le delegue.<\/p><p>l Vicepresidente debe informar al Comit\u00e9 Ejecutivo de las actividades realizadas en nombre y por cuenta de la Asociaci\u00f3n.<\/p><p>\u00a0<\/p><p>Art. 18) Tesorero.<\/p><p>l Consejo de Administraci\u00f3n nombra de entre sus miembros a un Tesorero, que permanece en el cargo hasta el final del mandato del Consejo de Administraci\u00f3n o hasta que \u00e9ste sea revocado en cualquier momento por el Consejo de Administraci\u00f3n o la Asamblea General.<\/p><p>El Tesorero puede ser reelegido sin limitaci\u00f3n y est\u00e1 a cargo de los activos de la Asociaci\u00f3n y los administrar\u00e1 de acuerdo con las directrices del Consejo de Administraci\u00f3n.<\/p><p>El Tesorero debe informar al Comit\u00e9 Ejecutivo de las actividades realizadas en nombre y por cuenta de la Asociaci\u00f3n.<\/p><p>En caso de dimisi\u00f3n o incapacidad definitiva del Tesorero, el Presidente se encargar\u00e1 de la administraci\u00f3n ordinaria del patrimonio y convocar\u00e1 a la Junta Directiva en los treinta d\u00edas siguientes al hecho; la Junta Directiva nombrar\u00e1 a un sucesor de entre sus miembros.<\/p><p>\u00a0<\/p><p>Art. 19) Secretario.<\/p><p>El secretario es nombrado de vez en cuando por el consejo de administraci\u00f3n entre personas que no son miembros del consejo o entre los miembros presentes en las reuniones.<\/p><p>l Secretario firma las reuniones de la Asamblea y del Comit\u00e9 Ejecutivo.\u00a0<\/p><p>\u00a0<\/p><p>Art. 20) Organismo de control<\/p><p>El \u00f3rgano de vigilancia, tambi\u00e9n monocr\u00e1tico, se designa en los casos y en la forma previstos en el art\u00edculo 30 del Decreto Legislativo 117\/2017.<\/p><p>El \u00f3rgano de control:<\/p><p>Supervisa el cumplimiento de la ley, los estatutos y el respeto de los principios de buena administraci\u00f3n;<\/p><p>supervisa la adecuaci\u00f3n de la estructura organizativa, administrativa y contable y su funcionamiento eficaz;<\/p><p>realiza tareas de vigilancia del cumplimiento de fines c\u00edvicos, solidarios y socialmente \u00fatiles;<\/p><p>certifica que el informe social se ha elaborado de conformidad con las directrices a que se refiere el art\u00edculo<\/p><p>14. El informe social reconoce los resultados del seguimiento realizado.<\/p><p>Podr\u00e1, cuando se superen los l\u00edmites establecidos en el art\u00edculo 31 del Decreto Legislativo 117\/17, realizar auditor\u00edas legales. En este caso, est\u00e1 formada por auditores de cuentas inscritos en el registro correspondiente.<\/p><p>os miembros del consejo de supervisi\u00f3n pueden realizar en cualquier momento inspecciones y auditor\u00edas y, a tal fin, pueden solicitar informaci\u00f3n a los administradores sobre la marcha de la empresa.<\/p><p>de las operaciones de la empresa o sobre determinadas transacciones.<\/p><p>\u00a0<\/p><p>Art. 21) Comisi\u00f3n de Control<\/p><p>Se nombra en los casos y en la forma previstos en el art\u00edculo 31 del Decreto Legislativo 117\/2017 y est\u00e1 formado por un auditor inscrito en el registro correspondiente.<\/p><p>\u00a0<\/p><p>Art. 22) Ejercicio financiero y presupuesto.<\/p><p>Los ejercicios financieros comienzan el 1 de septiembre y terminan el 31 de agosto de cada a\u00f1o.<\/p><p>Al final de cada ejercicio, el Comit\u00e9 Ejecutivo elaborar\u00e1 el balance que deber\u00e1 ser aprobado por la Asamblea General en un plazo m\u00e1ximo de 180 (ciento ochenta) d\u00edas tras el cierre del ejercicio.<\/p><p>\u00a0<\/p><p>Art. 23) Disoluci\u00f3n.<\/p><p>En caso de que la Junta General Extraordinaria acuerde la disoluci\u00f3n de la Asociaci\u00f3n, \u00e9sta<\/p><p>Consejo de Administraci\u00f3n, o cualquier liquidador designado por la misma Asamblea,<\/p><p>realizar\u00e1 el patrimonio social y lo distribuir\u00e1 de conformidad con el apartado siguiente.<\/p><p>En caso de disoluci\u00f3n, el patrimonio social residual se destinar\u00e1 a fines de utilidad general. A continuaci\u00f3n, se destinar\u00e1, por indicaci\u00f3n del Consejo de Administraci\u00f3n o del liquidador eventualmente designado por la Asamblea, a una fundaci\u00f3n, una asociaci\u00f3n u otra organizaci\u00f3n sin \u00e1nimo de lucro que persiga, en Italia, fines similares a los de la Asociaci\u00f3n.<\/p><p>\u00a0<\/p><div><p>Art. 24) Libros corporativos<\/p><p>La asociaci\u00f3n est\u00e1 obligada a llevar los siguientes libros:<\/p><p>(a) el libro de afiliaci\u00f3n:<\/p><p>(b) el libro de reuniones y resoluciones de la Asamblea;<\/p><p>c) el libro de reuniones y resoluciones del Comit\u00e9 Ejecutivo;<\/p><p>(d) el registro de voluntarios, que realizan sus actividades de forma no ocasional.<\/p><p>Los libros de a), b), c) y d) son llevados por el Comit\u00e9 Ejecutivo.<\/p><p>Las actas de la Asamblea y del Comit\u00e9 Ejecutivo deben contener la fecha, el orden del d\u00eda, la descripci\u00f3n del debate de cada punto del orden del d\u00eda y los resultados de las votaciones.<\/p><p>Cada acta debe estar firmada por el Presidente y el Secretario.<\/p><p>\u00a0<\/p><div>Art. 25) | activos<\/div><div>Los activos de la Asociaci\u00f3n son bienes inmuebles, bienes muebles registrados y bienes muebles. Los activos<\/div><div>los bienes muebles e inmuebles registrados pueden ser adquiridos por la Asociaci\u00f3n y est\u00e1n a su nombre.<\/div><div>Los bienes inmuebles, los bienes muebles registrados, as\u00ed como los bienes muebles que se encuentran en la sede de la Asociaci\u00f3n son. enumerados en el inventario, que se deposita en la sede de la Asociaci\u00f3n y puede ser consultado por los miembros.<\/div><div>\u00a0<\/div><div>Art. 26) Estado de flujos de tesorer\u00eda y\/o balance<\/div><div>La asociaci\u00f3n debe elaborar un balance de caja y\/o de situaci\u00f3n.<\/div><div>l estado de flujos de tesorer\u00eda y\/o el balance se elaboran de conformidad con el Decreto Ministerial mencionado en<\/div><div>Los art\u00edculos 13 y 87 del C\u00f3digo del Tercer Sector y sus normas de desarrollo, y deben ofrecer una imagen fiel de los resultados econ\u00f3micos y financieros de la Asociaci\u00f3n.<\/div><div>l estado de flujos de tesorer\u00eda es elaborado por el Comit\u00e9 Ejecutivo y debe ser aprobado.<\/div><div>por la Asamblea en un plazo de 180 (ciento ochenta) d\u00edas a partir del final del ejercicio financiero, que comienza el 1 de septiembre de cada a\u00f1o y finaliza el 31 de agosto siguiente.<\/div><p>\u00a0<\/p><div><p>Art. 27) Informe social<\/p><p>Se elabora en los casos y forma previstos en el art\u00edculo 14 del Decreto Legislativo 117\/2017.<\/p><p>\u00a0<\/p><p>Art. 28) Convenios<\/p><p>Los convenios entre la Asociaci\u00f3n y las Administraciones P\u00fablicas a que se refiere el art\u00edculo 56 apartado 1 del Decreto Legislativo 117\/2017 son resueltos por la Junta Directiva, que tambi\u00e9n determina los t\u00e9rminos de ejecuci\u00f3n, y son suscritos por el Presidente de la Asociaci\u00f3n, como representante legal de la misma.<\/p><p>El Presidente conserva una copia de cada convenio en la sede de la Asociaci\u00f3n.<\/p><p>\u00a0<\/p><div><p>Art. 29) Personal remunerado<\/p><p>La Asociaci\u00f3n podr\u00e1 hacer uso de personal remunerado dentro de los l\u00edmites establecidos en el art\u00edculo 33 del Decreto Legislativo 117\/2017.<\/p><p>Las relaciones entre la Asociaci\u00f3n y el personal asalariado se rigen por la ley y por los reglamentos adoptados por la Asociaci\u00f3n.<\/p><p>\u00a0<\/p><p>Art. 30) Responsabilidad y seguro de los miembros voluntarios<\/p><p>Los socios voluntarios y todos los voluntarios que sean personas f\u00edsicas, incluidos los no socios, que realicen una labor voluntaria continuada est\u00e1n asegurados por enfermedad, accidente y responsabilidad civil conforme al art\u00edculo 18 del Decreto Legislativo 117\/2017<\/p><p>\u00a0<\/p><div><p>Art. 31) Responsabilidades de la Asociaci\u00f3n<\/p><p>Por las obligaciones asumidas por las personas que representen a la asociaci\u00f3n, los terceros podr\u00e1n hacer valer sus derechos contra el fondo com\u00fan. De las obligaciones asumidas responder\u00e1n personal y solidariamente las personas que hayan actuado en nombre y por cuenta de la asociaci\u00f3n.<\/p><p>\u00a0<\/p><p>Art. 32) Seguros de la Asociaci\u00f3n<\/p><p>La Asociaci\u00f3n podr\u00e1 asegurarse por los da\u00f1os derivados de la responsabilidad contractual y extracontractual de la Asociaci\u00f3n.<\/p><div><p>\u00a0<\/p><p>Art. 33) Prohibici\u00f3n de distribuci\u00f3n de beneficios<\/p><p>Se proh\u00edbe a la Asociaci\u00f3n distribuir, incluso indirectamente, beneficios y excedentes, as\u00ed como fondos, reservas, cualquiera que sea su denominaci\u00f3n, o capital, de conformidad con el art\u00edculo 8, apartado 2, del C\u00f3digo del Tercer Sector.<\/p><p>l patrimonio de la Asociaci\u00f3n, incluidos los ingresos, alquileres, rentas y cualquier otro tipo de renta, se destina a la realizaci\u00f3n de sus actividades estatutarias para el exclusivo cumplimiento de sus fines c\u00edvicos, solidarios y de utilidad social.<\/p><div>la persecuci\u00f3n exclusiva de fines c\u00edvicos, solidarios y socialmente \u00fatiles.\u00a0<\/div><div>\u00a0<\/div><div>Art. 34) - Devoluci\u00f3n de activos<\/div><div>En caso de extinci\u00f3n o disoluci\u00f3n, el patrimonio residual de la Asociaci\u00f3n se destinar\u00e1, previo dictamen de la Oficina Regional del Registro \u00danico Nacional del Tercer Sector, en los t\u00e9rminos del art\u00edculo 45, apartado 1, del C\u00f3digo del Tercer Sector, y salvo disposici\u00f3n legal en contrario, a otra Entidad del Tercer Sector, de personalidad jur\u00eddica y finalidad an\u00e1logas, identificada por la Junta Directiva, que designar\u00e1 al liquidador a tal efecto.<\/div><div>En caso de que el Consejo de Administraci\u00f3n no identifique la entidad a la que se deben transferir los activos residuales, el liquidador los transferir\u00e1 a la Fondazione Italia Sociale, de conformidad con el art\u00edculo 9, apartado 1, del C\u00f3digo del Tercer Sector.<\/div><div>\u00a0<\/div><div><p>Art. 35) - Disposiciones finales<\/p><p>En lo no previsto expresamente en los presentes estatutos, se aplicar\u00e1 el C\u00f3digo del Tercer Sector y sus disposiciones de desarrollo, as\u00ed como el C\u00f3digo Civil y sus disposiciones de desarrollo, en la medida en que sean compatibles.<\/p><p>Mil\u00e1n, 24 de octubre de 2023<\/p><p>Miembros:<\/p><p>D'Ambra Alessandro<\/p><p>D'Ambra Daniela<\/p><p>Antonio Depriori<\/p><p>En virtud y a los efectos de los art\u00edculos 1341 y 1342 del C\u00f3digo Civil declaramos conocer las cl\u00e1usulas y condiciones que anteceden, y en concreto las condiciones de los art\u00edculos 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, ,9 10, 1, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 2, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 32, 3, 43 y 35, cuyas cl\u00e1usulas -le\u00eddas y aprobadas- son aceptadas y aprobadas por los propios Socios Fundadores.<\/p><p>\u00a0<\/p><div><p>Mil\u00e1n, 24 de octubre de 2023<\/p><p>Los miembros fundadores:<\/p><p>D'Ambra Alessandro<\/p><p>D'Ambra Daniela\u00a0<\/p><p>Antonio Depriori<\/p><\/div><\/div><\/div><\/div><\/div><\/div><\/div>\t\t\t\t\t\t\t\t<\/div>\n\t\t\t\t<\/div>\n\t\t\t\t<div class=\"elementor-element elementor-element-54735f7 dsn-def-btn elementor-widget elementor-widget-dsn_button\" data-id=\"54735f7\" data-element_type=\"widget\" data-e-type=\"widget\" data-widget_type=\"dsn_button.default\">\n\t\t\t\t<div class=\"elementor-widget-container\">\n\t\t\t\t\t<a class=\"dsn-btn text-center dsn-border border-color-default  background-section\" href=\"https:\/\/ilteatrodellamoda.com\/wp-content\/uploads\/2024\/04\/Statuto-Associazione-Il-Teatro-della-Moda.pdf\" target=\"_blank\" rel=\"nofollow\">  <span class=\"title-btn heading-color z-index-1\">Descargar \"Estatutos<\/span> <\/a>\t\t\t\t<\/div>\n\t\t\t\t<\/div>\n\t\t\t\t<div class=\"elementor-element elementor-element-4026520 dsn-def-btn elementor-widget elementor-widget-dsn_button\" data-id=\"4026520\" data-element_type=\"widget\" data-e-type=\"widget\" data-widget_type=\"dsn_button.default\">\n\t\t\t\t<div class=\"elementor-widget-container\">\n\t\t\t\t\t<a class=\"dsn-btn text-center dsn-border border-color-default  background-section\" href=\"https:\/\/ilteatrodellamoda.com\/wp-content\/uploads\/2025\/05\/Rendiconto-2023-2024_-il-Teatro-della-Moda.pdf\" target=\"_blank\" rel=\"nofollow\">  <span class=\"title-btn heading-color z-index-1\">Descargar \"Informe de Rendici\u00f3n de Cuentas 2023\/2024\".<\/span> <\/a>\t\t\t\t<\/div>\n\t\t\t\t<\/div>\n\t\t\t\t\t<\/div>\n\t\t\t\t<\/div>\n\t\t\t\t<\/div>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Anexo \"A\" de la Asamblea de Socios para la Modificaci\u00f3n de los Estatutos de la Asociaci\u00f3n Recreativa, Cultural y de Formaci\u00f3n Profesional IL TEATRO DELLA MODA SCUOLA DI SARTORIA ITALIANA ETS Estatutos de la Asociaci\u00f3n Recreativa, Cultural y de Formaci\u00f3n Profesional \"IL TEATRO DELA MODA SCUOLA DI SARTORIA ITALIANA ETS\" Art. 1) Denominaci\u00f3n, Sede Social y Duraci\u00f3n Se constituye la Asociaci\u00f3n \"IL TEATRO DELA MODA SCUOLA DI SARTORIA ITALIANA ETS\".<\/p>","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"parent":0,"menu_order":0,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","template":"","meta":{"footnotes":""},"class_list":["post-3842","page","type-page","status-publish","hentry"],"yoast_head":"<!-- This site is optimized with the Yoast SEO Premium plugin v22.5 (Yoast SEO v27.5) - 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